Actualiza la Configuración de tus Cookies para usar esta herramienta.
Haz clic en 'Permitir todo' o solo activa 'Cookies dirigidas'
Continuando, aceptas la Política de Privacidad de Avaaz, que explica cómo pueden usarse tus datos y cómo los protegeremos.
Entendido
Usamos las cookies para analizar como los visitantes utilizan esta página y ayudarnos a ofrecer la mejor experiencia posible. Mira nuestra Política de Cookies .
OK
Victoria lograda
Derogación de Convenio de regularización P.N. Calilegua

Derogación de Convenio de regularización P.N. Calilegua

Victoria lograda
1 han firmado. Lleguemos a
50 Firmantes

Cerrar

Completa tu firma

,
Avaaz.org protegerá tu privacidad. y te mantendrá informado sobre ésta y otras campañas.
Esta petición ha sido creada por Asamblea A. y no necesariamente representa la opinión de la comunidad de Avaaz
Asamblea A.
creó esta petición para
A la Administración de Parques Nacionales y al Gobierno de la Provincia de Jujuy
Cerramos petitorio para presentarlo a la Administración de Parques Nacionales y al Gobierno de Jujuy.

El conjunto de actores que integran la Asamblea Ampliada en Defensa del Parque Nacional Calilegua ratificamos que la explotación del Yacimiento Caimancito, en Jurisdicción y Dominio del Parque Nacional Calilegua es ilegal y rechazamos y repudiamos la iniciativa del Directorio de Parques Nacionales al generar y rubricar el CONVENIO DE REGULARIZACIÓN “PARQUE NACIONAL CALILEGUA” entre la PROVINCIA DE JUJUY, representada por el Gobernador Gerardo MORALES, y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, representada por el Presidente del Directorio, Eugenio BREARD, y refrendado por el Secretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Rabino Sergio BERGMAN; a través del cual la NACIÓN establecerá una condición suspensiva de dominio y jurisdicción de 1000 hectáreas del Parque Nacional Calilegua, concediendo el uso y goce de dicha área a LA PROVINCIA, con el objetivo de efectivizar la futura remediación ambiental y cierre definitivo de los pozos petroleros.  

Resulta absurdo plantear como necesaria una condición suspensiva de dominio y jurisdicción para que la provincia inicie el plan de cierre del yacimiento que prometieran a través de la Ley Nº 5.889 y Decreto Reglamentario N° 683/2016.  

Los parques nacionales son inalienables, es decir no pueden venderse ni cederse. Este principio garantiza que sus objetivos y metas de conservación de los valores ecológicos, culturales, estéticos y científicos, no queden expuestos a intereses sectoriales o crisis coyunturales. Promover el “rediseño” del área donde se encuentra emplazado el Yacimiento Caimancito atenta, desde lo ambiental, contra los principios mismos que sustentaron la preservación de este sector y sentaría un antecedente nefasto contra las Áreas Protegidas en general, en tanto existe una fuerte presión para iniciar emprendimientos extractivistas y vulnera la propia Ley Nacional 22.351 que como autoridades del organismo debieran hacer cumplir.  

Desde lo social, esta “condición suspensiva” significa dejar librada esta actividad sólo a los intereses económicos y que el pueblo argentino pierda una parte del territorio nacional protegido y sus respectivos recursos. Eso se traduce en mayor contaminación para el ambiente y su gente. Si encontrándose dentro de un parque nacional los pasivos y los daños ambientales sobre el suelo y las aguas subterráneas y de superficie no han sido atendidos debidamente como problema actual que requiere de urgente solución, ¿qué quedará cuando se pierda el dominio y jurisdicción sobre el área del yacimiento y ya ni los trabajadores de la conservación puedan ejercer el derecho y el deber a fiscalizar esa actividad?  

Por lo expuesto, basados en lo que dicta la Ley Nacional 22.351 y en concordancia el Plan de Gestión Institucional de la APN, los miembros de la Asamblea Ampliada en Defensa del Parque Nacional Calilegua, exigimos a las Autoridades de la Administración de Parques Nacionales que, en observancia de sus deberes de funcionario público, garanticen el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que rigen la actividad del Organismo y den marcha atrás en la rúbrica del convenio.  

También le Exigimos al Estado Provincial que cumpla con el cierre definitivo de las 5.700 hectáreas del Yacimiento Caimancito, en jurisdicción y dominio del Parque Nacional Calilegua, desarrollando un programa progresivo y planificado que especifique los plazos de cese de las actividades petroleras y el correcto sellado de los pozos petroleros y recomposición de los demás pasivos ambientales.  

Así también solicitamos que se cumpla con la Ley 17.319 de Hidrocarburos, se haga pública la información pertinente y se cumpla con la Ley 25.675 General del Ambiente y con el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), referente a CLPI (Consulta libre previa e informada) y se tomen en cuenta los dictámenes de la Defensoría del Pueblo de la Nación y de la Auditoría General de la Nación.



Publicado (Actualizado )