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Ministro de Justicia, Director del centro penitenciario de Villanubla: Indulten a Nerea o concedan el tercer grado

Ministro de Justicia, Director del centro penitenciario de Villanubla: Indulten a Nerea o concedan el tercer grado

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Esta petición ha sido creada por Monica L. y no necesariamente representa la opinión de la comunidad de Avaaz
Monica L.
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Ministro de Justicia, Director del centro penitenciario de Villanubla
Hace cinco años, Nerea cometió un error. Después de vivir una violenta relación de pareja, ambos incumplieron una orden de alejamiento. Ahora tiene que cumplir sentencia de 9 meses en la prisión de Villanubla. En estos cinco años, Nerea es otra mujer. Ha ido a rehabilitación psicológica, ha cumplido parte de su condena con trabajos sociales, se ha casado y ahora es madre de un bebé de 15 meses. Nerea no ha sido nunca un peligro para nadie y, desde luego, no lo es ahora. No ha cometido ningún delito de sangre, ni ha robado, ni traficado.

Pero el pasado 26 de enero la vida de Nerea y su hijo cambió. Nerea aún amamantaba a su bebé de 15 meses cuando entró en prisión. A pesar de tener derecho (art. 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria) a estar internada con su hijo menor de 3 años, en la prisión de Villanubla no hay unidad de madres y en la prisión más cercana que había ha cerrado debido a los recortes. El resultado es una mujer y un bebé cuyos derechos se han violentado. Hoy están viviendo ambos una dolorosísima separación.
Creemos que se están vulnerando los derechos de una mujer y su hijo.
Creemos que Nerea no necesita ser reinsertada pues ha dado suficientes muestras de que ya lo está.
Creemos que la justicia debe de ser justa y no imponer una doble o triple condena a una mujer y su hijo.
Por eso pedimos el indulto para Nerea González Rivera o, en su defecto, el tercer grado penitenciario, lo que permitiría a madre e hijo volver a encontrarse en un abrazo del que nunca deberían haberlos privado.

1.- Se está vulnerando el artículo 25.2 de la Constitución española en el que se indica que la finalidad de las penas privativas de libertad, es la de reeducar y reinsertar en la sociedad a las personas que han cometido el delito. **Art. 25.2 CE: Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.


2.- Se está vulnerando el principio de proporcionalidad de la pena que rige en nuestro sistema penal: esto significa que la pena ha de adecuada para alcanzar el fin que la justifica. La pena óptima ha de ser cualitativa y cuantitativamente adecuada al fin . El fin es el de reinsertar al reo en la sociedad como hemos visto. Entendemos que la separación de madre e hijo, suponen una segunda y tercera condena ya que el derecho de Nerea a estar con su hijo está siendo vulnerado. Y además se vulnera el derecho del hijo a estar con su madre, el derecho de recibir lactancia, el derecho a que los poderes públicos garanticen su adecuado desarrollo psicoafectivo.
3.- Principio de humanidad del artículo 15 de la Constitución Española : Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Entendemos que se está vulnerando este derecho ya que consideramos es inhumano separar a una madre de su hijo lactante.
4.- Se está vulnerando el derecho recogido en el artículo 38 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, por el que se garantiza el derecho de las internas a estar en compañía de su hijo de menos de tres años.**38. 2. Las internas podrán tener en su compañía a los hijos que no hayan alcanzado los tres años de edad , siempre que acrediten debidamente su filiación. En aquellos centros donde se encuentren ingresadas internas con hijos existirá un local habilitado para guardería infantil. La Administración penitenciaria celebrará los convenios precisos con entidades públicas y privadas con el fin de potenciar al máximo el desarrollo de la relación materno-filial y de la formación de la personalidad del niño dentro de la especial circunstancia determinada por el cumplimiento por la madre de la pena privativa de libertad.


A finales de mes, se decide el futuro de Nerea y su bebé. Creemos que los derechos de Nerea se está incumpliendo sistemáticamente. Así como los de su hijo. Por eso, solicitamos para que madre e hijo puedan volver a estar juntos de nuevo, el tercer grado penitenciario y/o el indulto.
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