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Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey: Por el derecho de huelga, en contra de la Ley Mordaza, por la LIBERTAD

Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey: Por el derecho de huelga, en contra de la Ley Mordaza, por la LIBERTAD

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Esta petición ha sido creada por CCOO-UGT M. y no necesariamente representa la opinión de la comunidad de Avaaz
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Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey
Por el derecho de huelga, en contra de la Ley Mordaza, por la LIBERTAD

Muchos de los derechos democráticos que tanto esfuerzo nos costaron ganar durante los últimos 50 años en España, están en tela de juicio. El derecho de huelga, que es un derecho fundamental reconocido en casi todos los países del mundo, está siendo cuestionado y atacado y así nos lo hace saber la Organización Internacional del Trabajo.

Por si fuera poco, a la ofensiva mundial contra este derecho fundamental de la persona hay que sumarle la ofensiva del proyecto del Gobierno español de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocido como Ley Mordaza, que ataca, entre otras, la libertad sindical y el derecho de huelga.

Podemos recordar que el año 2014 fue un año cargado de lucha sindical donde se denunció el ataque que está siendo objeto el sindicalismo de clase y la ofensiva contra el derecho de huelga. Se han criminalizado las actuaciones de 300 sindicalistas en defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, a través de 90 procedimientos abiertos por parte de la Fiscalía. A destacar los cinco trabajadores de Arcelor en Asturias con condenas que suman más de 21 años de prisión, o los ocho de Airbus en Madrid donde el fiscal pide 64 años de cárcel y 30.000€ de multa.

Este ataque, planificado, pretende desanimar y meter miedo a la gente para que no participe en las huelgas, y en consecuencia, debilitar al sindicalismo y con ello destrozar la negociación colectiva. Pretenden hacernos retroceder 50 años en la historia de nuestro país mediante un ataque sin precedentes al ejercicio del derecho de huelga. Ahora, y por primera vez en democracia, se utiliza el artículo 315.3 del Código Penal para pedir penas de cárcel, vulnerando el ejercicio del derecho de huelga. El proyecto de reforma del Código Penal incorpora modificaciones en su articulado que se encuadran en lo que se conocen como “Delitos contra el orden público”. La sanción penal, será la regla general ya que permitirá sancionar comportamientos que hasta ahora eran irrelevantes penalmente o sólo tenían carácter sancionador administrativo. Con la Ley Mordaza la protesta ciudadana tiene un camino muy corto, pues en caso de que exista conflicto social, se endurecen las respuestas penales.

La Ley Mordaza convierte el conflicto laboral en un conflicto de orden público. Precariza las condiciones de trabajo y de vida a los trabajadores y trabajadoras suprimiendo derechos de la ciudadanía. Partimos de un contexto de profunda crisis, económica e institucional, donde crece la indignación ciudadana, la injusticia y la pobreza; donde, en lugar de fortalecer vías de diálogo, el Gobierno se pone al servicio de la Patronal e impone una demoledora Reforma Laboral que ha supuesto un retroceso de las libertades sindicales y de la negociación colectiva, agudizando la precarización en el trabajo, además de la destrucción de 4 millones de empleos, lo que lógicamente, ha incrementado los conflictos laborales: expedientes de regulación de empleo, huelgas, etcétera.

Algunas sanciones son: ejercer el derecho de huelga puede generar la aplicación directa de infracción muy grave con sanciones entre 30.001 y 600.000 euros. Intrusión en recintos con infracción grave donde la Ley prohibirá las reuniones en instalaciones en las que se prestan servicios básicos, por ejemplo encierros, con multas de 601 a 30.000 euros. La Obstrucción de la actividad de cualquier empleado público como infracción grave, por ejemplo participar en desahucios.

También sería infracción grave alterar la tranquilidad de la ciudadanía que no puede ser perturbada, ni la seguridad ciudadana, aunque no haya riesgo para personas o bienes.

Será infracción leve las concentraciones de trabajadores en la vía pública imponiendo la responsabilidad al sindicato o representantes de los trabajadores que promueven el conflicto. La ocupación de cualquier inmueble en contra de su titular también será falta leve. El deslucimiento de bienes puede ser sanción de hasta 600 euros, es decir la mera colocación de una pegatina en un bien público o privado.

Podrán ser sospechosas las personas con el rostro cubierto aunque no haya infracción. Podrá ser responsable de infracciones cualquier persona, aunque padezca anomalía o alteración mental o intelectual. Se legaliza la práctica ilícita de las fuerzas del Estado de devolver “en caliente” a los inmigrantes en Ceuta y Melilla. También se puede sancionar escalar monumentos, los contenedores en la vía, grabar a la policía, desórdenes, resistencia pacífica, la marcha al Congreso… etcétera.

#HuelgaNoEsDelito
#DerechoDeHuelga
#LeyMordaza

Por todo ello, SOLICITAMOS que con carácter inmediato cese la persecución a sindicalistas por el ejercicio de su actividad sindical y por ejercer el derecho de huelga, retirando el apartado 3 del art. 315 del Código Penal .

Asimismo, solicitamos la retirada inmediata de la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana, manteniendo los derechos y garantías democráticas recogidas en la Constitución Española de 1978.

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