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Secretaría General de Comercio Exterior, dependiente del Ministerio, Industria y Turismo: Ayúdanos a crear un Centro Estatal, para el Rescate de Animales Exóticos
PGS P.
creó esta petición para
Secretaría General de Comercio Exterior, dependiente del Ministerio, Industria y Turismo
Cuando en 1986, España se adhirió al Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), se comprometió a proteger la flora y fauna exótica en peligro de extinción que llegaba a nuestro país (leones, tigres, chimpancés…). Ese compromiso fue reforzado, al entrar en vigor el Reglamento CE 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, siendo miembro de la Unión Europea.
A partir de entonces, los animales decomisados, ante la dificultad de devolverlos a sus países de origen, suelen ser reubicados en zoológicos colaboradores, entre otros sitios, y siempre que estos dispongan de sitio.
El problema se ha ido agravando con los ejemplares procedentes de zoológicos que cierran por no poder cumplir el mínimo de calidad que les exige la Ley 31/2003 de Conservación de la Fauna Silvestre en los Parques Zoológicos y por los procedentes del circos que cierran o domadores que se jubilan.
En 2006 se aprueba el Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el Destino de los Especímenes Decomisados de las Especies AMENAZADAS de Fauna y Flora Silvestre, Protegidas Mediante el Control de su Comercio. Este RD establece como posibles destinos de los animales decomisados:
Proyecto Gran Simio, en su exposición dijo que el Real Decreto 1333/2006, en su Art. 3.c que “Corresponde a la Secretaría General de Comercio Exterior… Gestionar o procurar la creación de Centros de Rescate CITES caso de no existir o no ser suficientes o adecuados los existentes”. También expusimos los argumentos que demostraban la posibilidad de la creación de este centro, si hay voluntad política.
Por todo ello, te pedimos que firmes esta petición, que haremos llegar a las autoridades correspondientes, y la difundas entre todos tus conocidos para que:
A partir de entonces, los animales decomisados, ante la dificultad de devolverlos a sus países de origen, suelen ser reubicados en zoológicos colaboradores, entre otros sitios, y siempre que estos dispongan de sitio.
El problema se ha ido agravando con los ejemplares procedentes de zoológicos que cierran por no poder cumplir el mínimo de calidad que les exige la Ley 31/2003 de Conservación de la Fauna Silvestre en los Parques Zoológicos y por los procedentes del circos que cierran o domadores que se jubilan.
En 2006 se aprueba el Real Decreto 1333/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el Destino de los Especímenes Decomisados de las Especies AMENAZADAS de Fauna y Flora Silvestre, Protegidas Mediante el Control de su Comercio. Este RD establece como posibles destinos de los animales decomisados:
- Sus países originales (Art. 6)
- Un Centro de Rescate o establecimiento habilitado para su custodia (Art. 5 y 9)
- Las instalaciones del presunto infractor (traficante-contrabandista) (Art. 5)
- Un centro de investigación (Art. 8)
- La muerte (Art. 8) (¡MUCHOS DE ESTOS ANIMALES ESTÁN EN PELIGRO DE EXTINCIÓN!)
Proyecto Gran Simio, en su exposición dijo que el Real Decreto 1333/2006, en su Art. 3.c que “Corresponde a la Secretaría General de Comercio Exterior… Gestionar o procurar la creación de Centros de Rescate CITES caso de no existir o no ser suficientes o adecuados los existentes”. También expusimos los argumentos que demostraban la posibilidad de la creación de este centro, si hay voluntad política.
Por todo ello, te pedimos que firmes esta petición, que haremos llegar a las autoridades correspondientes, y la difundas entre todos tus conocidos para que:
- Se derogue el artículo 8 del Real Decreto 1333/2006 donde se otorga la posibilidad de entregar a un centro de experimentación o SACRIFICAR, a cualquier animal incautado si no se encuentra un lugar donde realojarlo.
- Que se derogue del mismo Real Decreto, todas las citaciones donde se hable de entregar al animal incautado a un centro particular no oficial.
- Que se añada específicamente que es el Estado el encargado de la custodia de los especímenes incautados para lo que debe de crear centros de rescate CITES gestionados por el Estado, con la colaboración de ONGs relacionadas con los animales que alberga.
- Que el Estado, para hacer frente a los números casos que se están dando en España sobre cierre de zoológicos y circos con animales, construya varios centros de rescate en todo el territorio nacional. Además de ser eficaz para evitar casos como los expuestos, será una fuente de puestos de trabajo y de educación ambiental.
- Que las multas puestas por tenencia de especies protegidas y de otra índole relacionada con ellas, sea íntegramente destinadas a estos centros de rescate.
- Que tanto la Secretaría CITES que actualmente depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo así como los citados centros de rescate, dependan directamente del Ministerio de Transición Ecológica dentro de una Dirección General de Protección Animal.
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