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Ministerio de Economía y Hacienda: El IVA del Vino del 21% es excesivo.

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Esta petición ha sido creada por Carlos M. y no necesariamente representa la opinión de la comunidad de Avaaz
Carlos M.
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Ministerio de Economía y Hacienda
Al vino español, injustamente se le ha aplicado un impuesto del 21% con el único fin confiscatorio y recaudatorio.
Este afán recaudatorio frena el consumo de este alimento en España. Al igual que el resto de alimentos debería serle aplicable el IVA del 10%.

El viñedo tiene una dimensión territorial y socioeconómica indudable. España es el primer país del mundo en superficie plantada, con más de un millón de hectáreas, y la vitivinicultura contribuye a la economía agraria, al empleo, al asentamiento de la población y a la conservación del medio ambiente y el paisaje.
Sorprende ver como el Ministerio de Agricultura concede el Premio Extraordinario Alimentos de España 2014 a BODEGAS VEGA SICILIA, S.A., de Valbuena de Duero (Valladolid),... Se le considera ALIMENTO a los efectos de ser premiado, pero no se le considera ALIMENTO al aplicarle el IVA del 21% de las bebidas alcoholicas.

En este sentido hemos de recordar que hasta el pasado 31 de agosto de 2012 el tipo impositivo en el IVA aplicable al vino y resto de bebidas alcohólicas ascendía al 18 %. A partir del 1 de septiembre de 2012 este tipo de IVA se incrementó al 21 % de conformidad al artículo 90.Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Al vino se le excluye del tipo reducido del 10% de las sustancias o productos utilizados habitual e idóneamennte para la nutrición humana por motivos meramente recaudatorios.

En este sentido el artículo 90.Uno de la citada Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, bajo el título "Tipo impositivo general, señala que: "El Impuesto se exigirá al tipo del 21 por ciento, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente".

Si léemos el articulo 91.1º titulado "De los tipos impositivos reducidos" podemos ver que se le excluye del tipo reducido de los alimentos al señalar que:

Artículo 91. Tipos impositivos reducidos.

" Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:

1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:

1.º Las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal, de acuerdo con lo establecido en el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo, excepto las bebidas alcohólicas.

Se entiende por bebida alcohólica 2todo líquido apto para el consumo humano por ingestión que contenga alcohol etílico."

El Vino es un alimento que se consume habitualmente en los hogares españoles con efectos nutricionales saludables para el ser humano consumido con moderación. En esta línea un estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) realizado en Francia, refleja que el consumo moderado de vino reduce el riesgo de mortalidad por enfermedad cardiovascular.

Fuente: www.CatadelVino.com
Publicado (Actualizado )